Las novedades en la Nueva Ley de la Segunda Oportunidad

Aporta muchas ventajas y ofrece una mayor ayuda al deudor

Fuente: B.G.H. www.elconfidencialdigital.com

La nueva Ley de Segunda Oportunidad aporta muchas ventajas y ofrece una mayor ayuda al deudor. Este procedimiento legal se convierte en una herramienta muy útil para particulares y autónomos en situación de insolvencia. En algunos casos, se ha podido cancelar hasta el 100 % de la deuda pendiente, siempre y cuando se cumplieran los requisitos exigidos.

La reforma concursal entró en vigor en septiembre del pasado año y trae consigo algunas novedades en esta Ley. El objetivo de la modificación ha sido ajustar el ordenamiento jurídico español a la Directiva de la Unión Europa 1023/2019, en materia de insolvencia. Este nuevo cambio genera nuevas inquietudes y dudas, por este motivo, vamos a saber en qué consiste.

Las principales modificaciones en la Ley de la Segunda Oportunidad

La Directiva europea trata la insolvencia de una empresa o autónomo priorizando cuatro aspectos. La idea es agilizar los procedimientos y reducir la intervención judicial, así como que la deuda no afecte a su patrimonio. El nuevo modelo contempla requisitos más estrictos, sin embargo, la forma de tramitación es más clara. Indudablemente, esta modificación aporta mejoras sustanciales al deudor.

Los particulares que no puedan hacer frente a un pago, con independencia de donde provenga la deuda, podrán solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad.Asimismo, se elimina el requisito de que el deudor haya rechazado una oferta de empleo en los cuatro años anteriores de declararse el concurso. Por otro lado, tampoco tiene efecto que haya negociado los pagos con los acreedores en un acuerdo extrajudicial.

Conservar los bienes

Entre las principales modificaciones se contempla el tema de la propiedad. Esta es una de las mayores preocupaciones de un empresario. En este caso, el deudor puede elegir entre exonerar la deuda con un plan de pagos, o bien, liquidar con bienes, derechos e ingresos. Esto quiere decir, que no tendrá que prescindir de su vivienda habitual.

Deuda pública

La nueva normativa establece el perdón de la deuda pública de hasta 20 000 euros.En este sentido, 10 000 euros corresponden a Hacienda y 10 000 euros a la Seguridad Social. El saldo que esté fuera de este monto se puede liquidar mediante un plan de pagos. No obstante, el perdón está sujeto a ciertos límites, por lo que solo se puede producir una primera exoneración de este pasivo no satisfecho.

Gastos de tramitación

Otra de las grandes ventajas es que se elimina la figura del mediador concursal y el notario. Estos eran dos gastos a los que tenía que hacer frente el deudor. El mediador podría cobrar entre 500 a 1200 euros, por su parte, el notario constituye un gasto adicional de unos 250 a 300 euros, aproximadamente.

Tramitación más ágil y sencilla

El tiempo establecido para la resolución de este procedimiento podría estar en unos 18 meses. Como la figura del mediador concursal queda fuera, este trámite se agiliza mucho más y el proceso se resuelve mucho antes.  

En definitiva, las nuevas modificaciones en esta ley favorecen la cancelación de las deudas de las personas físicas insolventes. Se contemplan una serie de mejoras y mayores oportunidades para que un deudor comience una nueva etapa desde cero. Para que esto sea posible, la persona tiene que demostrar su imposibilidad de pagar la deuda.