Acciones Rescisorias

Estos servicios profesionales están dirigidos para aquellos acreedores que, personados en un concurso, han descubierto documentación relativa a operaciones, aun no existiendo intención fraudulenta, que puedan ser rescindidas ya que estos actos han sido perjudiciales para la masa activa y por tanto perjudiciales para los acreedores.

Igualmente, estos servicios profesionales también están dirigidos a aquellos adquirientes de buena fe de un activo de la concursada y que han sido demandados por una acción rescisoria interpuesta en el seno del concurso de acreedores por el administrador concursal

El artículo 226 de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal establece:

  1. Son rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de declaración de concurso, así como los realizados desde esa fecha a la de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta.
  2. Son igualmente rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la comunicación de la existencia de negociaciones con los acreedores o la intención de iniciarlas, para alcanzar un plan de reestructuración, así como los realizados desde esa fecha a la de la declaración de concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta, siempre que concurran las dos siguientes condiciones:
    1. Que no se hubiera aprobado un plan de reestructuración o que, aun aprobado, no hubiera sido homologado por el juez.
    2. Que el concurso se declare dentro del año siguiente a la finalización de los efectos de esa comunicación o de la prórroga que hubiera sido concedida».

Cincuenta y cuatro. Se modifica el numeral 2.º del artículo 230 que queda redactado como sigue:

Los actos de constitución de garantías de cualquier clase a favor de créditos públicos, así como los actos de reconocimiento y pago de estos créditos tendentes a lograr la regularización o atenuación de la responsabilidad del concursado prevista en la legislación penal».

Por otro lado, determinar que el ejercicio de las acciones rescisorias no impedirá el de otras acciones de impugnación de actos del deudor que procedan conforme a Derecho, las cuales podrán ejercitarse ante el juez del concurso.

En relación con este último punto podemos destacar la acción pauliana regulada en el artículo 1111 del Código civil, que permite rescindir los actos realizados en fraude de acreedores en el plazo de cuatro años desde su realización. Es la principal diferencia entre ambas acciones el hecho de que la acción rescisoria concursal no requiere un ánimo de fraude, sino simplemente un perjuicio patrimonial, y la acción pauliana si exige probar el ánimo fraudulento.

Nuestro equipo de profesionales, abogados, economistas y tasadores, estará a su disposición para analizar la viabilidad de la interposición de las acciones rescisorias, tanto en calidad de demandante como en calidad de demandado, al objeto de delimitar y asegurar las contingencias y responsabilidades.

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